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Al estilo «Chiqui» Tapia: La Liga de Villaguay desempolva resoluciones para frenar las críticas al arbitraje

La Liga de Villaguay pretende aplicar una «mordaza» para acallar las voces críticas

El artículo publicado recientemente por nuestro medio, en el que se analizó el polémico arbitraje del partido entre ADEV y el Club Deportivo Ferrocarril, generó una reacción inmediata en las autoridades de la Liga Villaguayense de Fútbol. Emulando el estilo del «Chiqui» Tapia a nivel nacional, la dirigencia liguista optó por desempolvar viejas disposiciones del Reglamento de Transgresiones y Penas del Consejo Federal. La intención de fondo es evidente: prohibir y castigar cualquier cuestionamiento hacia los arbitrajes o las resoluciones del organismo rector.

Celebramos que los dirigentes recuerden las reglamentaciones vigentes con el afán de buscar el orden, pero resulta llamativo que pretendan utilizar el reglamento como una «mordaza» para los protagonistas del fútbol, mientras olvidan aplicar con el mismo rigor otras normativas esenciales para el crecimiento del deporte.

El autoritarismo de la medida escaló a tal punto que, en una reciente reunión de delegados, se dejó entrever la intención de exigir a LA SEMANA y SANSA DEPORTES la eliminación de las crónicas y comentarios de nuestras redes sociales en referencia al partido entre ADEV y Ferro. Una sugerencia que no solo demuestra un profundo desconocimiento sobre el derecho constitucional a la libertad de prensa, sino que también marca un peligroso precedente de censura.

 

El texto de la polémica resolución

Bajo la Resolución Nº 11/2026, la Liga fundamenta la medida en «las reiteradas publicaciones por distintos medios de comunicación, ya sea por redes sociales, medios periodísticos y diversas plataformas, formulando críticas, agravios y cuestionamientos hacia árbitros, autoridades de la Liga, miembros de clubes, dirigentes, etc.».

Ante esto, la Comisión Directiva consideró necesario advertir a las instituciones afiliadas sobre las penalizaciones públicas que efectúen dirigentes, jugadores, cuerpos técnicos y allegados.

En su parte resolutiva, el documento detalla:

Artículo 1º: Se recuerda a todas las instituciones que este tipo de conductas se encuentran expresamente contempladas y sancionadas por el Reglamento de Transgresiones y Penas del Consejo Federal y de la AFA, siendo pasibles de sanciones disciplinarias tanto los clubes como las personas responsables. En particular, se remarcan:

Artículo 93: Establece multas y sanciones a los clubes cuyos dirigentes o representantes realicen públicamente expresiones ofensivas, agraviantes o juicios adversos contra árbitros y autoridades, previendo incluso la suspensión del club en casos de extrema gravedad.

Artículo 157: Prevé la suspensión de dos meses a tres años para jugadores que formulen públicamente expresiones injuriosas u ofensivas.

Artículo 158: Sanciona la falta de respeto hacia autoridades deportivas, aun cuando no exista injuria grave.

Artículo 2º: Deja expresamente aclarado que las publicaciones en redes sociales, declaraciones radiales, televisivas, escritas o digitales constituyen medios públicos de difusión y serán consideradas prueba suficiente para abrir actuaciones disciplinarias de oficio.

Artículo 3º: Ratifica el compromiso de la entidad con el respeto institucional, la convivencia deportiva y la protección de los actores de las competencias.

Artículo 4º: Solicita a los clubes afiliados arbitrar los medios necesarios para evitar manifestaciones públicas que generen desvalorización institucional, bajo apercibimiento de aplicarse las sanciones correspondientes.

La letra fría del reglamento busca amparar una supuesta «convivencia», pero la interpretación y el contexto de su aplicación dejan al descubierto un claro intento de silenciar el debate y blindar los errores arbitrales frente a la opinión pública.